domingo, 21 de noviembre de 2021

Despacho Olivera Méndez y Asociados: Hay límites que no se deben traspasar

 
Despacho Olivera Méndez y Asociados:
Se sabe que todo el mundo, hasta el peor de los criminales, tiene derecho a la defensa. Sin embargo, ¿hasta qué punto es legal y ético que llegue un abogado que recibe poder respecto a la “solidaridad” que pueda tener con su cliente?

La presunción de inocencia, el derecho de defensa, el derecho a la prueba, el debido proceso, la competencia del juez y todas las garantías procesales son derechos fundamentales garantizados no solo en la Constitución y las leyes, sino en los tratados internacionales.

El abogado defensor debe poner todo de su parte para que a su poderdante no le sean vulnerados esos derechos y para que se profiera un fallo justo. Así, también, para que, en caso de condena, pueda acudir a la segunda instancia y a los recursos extraordinarios. Se trata de derechos inalienables. Pero para alcanzar tales objetivos no todo vale. El Derecho y la ética señalan límites que el abogado no debe traspasar.

Para unos, son claras las fronteras éticas pero para otros, no parece que hubiera limitaciones ¿Se ha deteriorado la calidad del abogado?

En muchos casos se observa deterioro por un concepto, desde luego equivocado, según el cual hay que tener éxito a cualquier precio y, entonces, se obra sin escrúpulos. Pero esa no es la regla general en el país.

Entonces, para usted, ¿la ética si tiene que ver con el Derecho?

¡Claro! No solo tiene que ver, sino que sin ella no hay Derecho.

En el litigio judicial hay maniobras que los litigantes usan para lograr efectos, aunque sean temporales, en desarrollo de los procesos. ¿Esas maniobras —por ejemplo, dilatar el avance del caso con innumerables solicitudes y recursos— son legales o no?

Sabemos que no todas las situaciones o circunstancias son iguales. Todo depende de lo que contemple el ordenamiento jurídico y del ajuste real del caso a las respectivas disposiciones. Los recursos, las solicitudes de nulidad, las recusaciones, la aplicación de las normas sobre vencimiento de términos y figuras similares, mientras estén previstas en la ley, son lícitas. Pero su pregunta alude a los eventos de abuso, maniobras, actuaciones torticeras, falsas disculpas, enfermedades inexistentes o excusas que retrasan indefinidamente las audiencias —a sabiendas y con intención perversa—, para que, por ejemplo, los términos venzan. Estos no corresponden a la ética. Los jueces, en cada proceso y según las características de los comportamientos indebidos, pueden y deben rechazar esas maniobras. No deben permitir que, con base en mentiras o trampas, se les manipule.

Pero puede suceder y, de hecho, sucede, que fiscales, jueces y magistrados se coligan con abogados para evitar que se haga justicia, no para hacerla. ¿Este es un mal que siempre ha padecido Colombia o es fenómeno más o menos reciente?

A lo largo de nuestra historia, siempre se ha presentado. Pero la impresión que tiene el país, en especial, por recientes acontecimientos, consiste en que se ha agudizado. Lo atribuyo, reitero, a una creciente pérdida de valores y principios que implica el maquiavélico concepto de obtener resultados sin importar el medio.

No tengo ninguna duda al respecto: la profesión del abogado debe ser ejercida en los estrados judiciales, no en los medios de comunicación ni en las redes sociales. Y debe recuperarse el respeto a la independencia y autoridad de los jueces, quienes no deben recibir ni aceptar presiones externas. Su pregunta también me lleva a subrayar que los medios deben cumplir su labor, un ejercicio de entregar al público información veraz e imparcial sin asumir el papel que corresponde a los abogados en procesos específicos, sin escoger apartes del material probatorio, sin manipular contenidos que deberían ser examinados en el interior de los procesos y por los jueces, sin amañar las informaciones o entrevistas con la pretensión de influir en los resultados procesales. Por su parte, jueces y magistrados deben permanecer inmunes ante esas actuaciones y fallar, de manera exclusiva, según lo que obre en los respectivos procesos.


No hay comentarios.:

Publicar un comentario