La era digital ha traído numerosas ventajas al mundo y a la sociedad, pero a su vez también nos ha dejado desventajas y retos de los cuales muchos de ellos, representan un problema grande para las personas y que posiblemente terminen en alguna jurisdicción legal.
Uno de ellos es la publicación de fotos o material íntimo en redes sociales.
La difusión de contenido íntimo o privado (entiéndase vídeos o fotografías) a tercero, en los últimos tiempos ha tenido un gran incremento, cosa que es verdaderamente preocupante ya que el alcance que tienen ciertas redes sociales como Facebook, Twitter e Instagram, permite que cualquier contenido, sea expandido a una gran velocidad.
La intimidad es un derecho individual que se debe ejercer con responsabilidad, esta no debe ser un producto para venderse, negociarse, regalarse y mucho menos verse afectada al exponer a una persona a situaciones que si bien podrían verse como algo cotidiano, su honor y moral se ven altamente afectadas trayendo consecuencias graves que incluso pueden llevar al desespero y suicidio.
"Datos sensibles: Se entiende por datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación…"
Es así como se puede enmarcar la difusión de cualquier contenido intimo como delito, el cual puede llevar como pena, prisión y sanciones económicas.
Como se dijo anteriormente, a nivel legal y penal no existe un artículo especialmente dedicado a la divulgación del contenido íntimo. Esto puede entenderse debido a que el legislador no ha considerado dicha conducta como atípica basándose en la causa y efecto: primero aparecen los fenómenos sociales y luego la reacción o consecuencias jurídicas.
Entonces... ¿Qué hacer ante la divulgación de contenido íntimo?
Antes que nada, se debe tener presente cuándo una publicación de contenido es considerada delito y esto se determina por las siguientes condiciones:
jueves, 7 de octubre de 2021
Divulgación de contenido íntimo: Ana Lorena Mendoza Hinojosa
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